La Hacienda gana a Telemadrid en los tribunales y debe pagar al fisco 17 millones de euros

los presupuestos telemadrid para este 2026 prevén obtener unos ingresos de 17 millones de eurosaproximadamente, entre venta de publicidad, patrocinios de la propia Comunidad de Madrid, contratos de programas y venta de derechos taurinos a una cadena mexicana. Esa cantidad de 17 millones es exacta lo que le reclama Hacienda desde hace años. Y ahora, la Audiencia Nacional confirma que, sí o sí, debe abonarlos al fisco.
El litigio con la Agencia Tributaria viene de lejos, de cuando Cristóbal Montoro Aún paseaba por la planta noble del Ministerio de Hacienda, pero cristalizó en 2022 cuando el Tribunal Económico-Administrativo Central resolvió que Telemadrid debe ver esa cantidad. Esta decisioni fue recurrida por el ente público madrileño y, ahora, la Sala de lo Contecioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y dese la intención de Telemadrid de librarse de tener que abonar esa candidad que deviene de la revisión del IVA de los años 2012 a 2014.
¿Qué es ese mal Telemadrid y hora de abonar el IVA de esos años? Pues la Sección Quinta, con ponencia de la magistrada Alicia Sánchez, explica que Hacienda se percató de que la televisión autonómica en realidad era «un sujeto pasivo dual» porque tenía y tiene como objeto social no solo la provisión de servicios públicos de radio y televisión sino también otras actividades que comprenden. intervenir en el mercado de la publicidad y en el de la comercializacion y venta de sus propios productos. Para Hacienda, esta segunda activación del ente público tiene la consideración de actividad económica.
La Audiencia Nacional explica en su sentencia que Telemadrid sólo puede deducirse en su totalidad las cuotas de IVA que se deriven de adquisiciones de bienes y servicios que se destinen a una actividad económica comercial. Esta prestación de servicio públicoen cambio, es una activación de intereses generales que no está sujeta al IVA. Agregó que en el caso de adquisiciones que se destinen conjuntamente a ambos tipos de actividades, deberá establecer un criterio de reparto proporcional.
Los espacios comerciales y la cultura.
Conse criterio sobre la mesa, según relata la sentencia, Telemadrid intentó ‘colar’ como “espacios de carácter comercial” gran candidad de programascomo los informatios, los deportes, el entretenimiento o el cine emitido. Mientras que los espacios con finos públicos los restringirían a programas educativos o Culturees. Buscaba que en esa dualidad ganara peso el amíto comercial para poder deducirse un mayor porcentaje del IVA.
Pero, según la resolución, el Tribunal Económico-Administrativo Central, organismo residenado en el Ministerio de Hacienda, no ayudó esa triquiñuela. Le recordaba que el servicio de radiotelevisión ofrecido gratuitamente al público y financiado mediante subvenciones «es una actividad no sujeta al IVA en su totalità» había cuenta que «no existe vínculo jurídico ni contraprestación entres Telespected» Telemadrine. Entonces, el método de pagar el IVA según las horas de emisión de determinados programas no es válido. Tampoco lo es para la Audiencia Nacional.
Así las cosas, el magistrado recuerda en su sentencia que el doble criterio aplicado por Hacienda «es objetivo, neutral y refleja la proporción entre actividad económica y no económica en una entidad pública de radiotelevisión». Y, entonces, falla en contra de Telemadrid y le obliga a abonar esos 17 millones de eurossi bien recuerda que su resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.


